1. OBJETIVO
Definir los criterios generales para la prevención, detección y autocontrol del riesgo de Lavado de Activos (LA) y la Financiación del Terrorismo (FT) y Financiación de Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM), en las actividades, negocios, contratos, operaciones, personas o situaciones que puedan tener nexos o involucrar a MUNDIAL DE TORNILLOS S.A.
2. ALCANCE
Esta política de prevención y control del riesgo de LA/FT/FPADM aplica para todos los procesos y procedimientos de MUNDIAL DE TORNILLOS S.A. Esto quiere decir que aplica a clientes, proveedores, accionistas, miembros de Junta Directiva, empleados y demás contrapartes de MUNDIAL DE TORNILLOS S.A.
3. DEFINICIONES
CONTROL DEL RIESGO DE LA/FT/FPADM: Implementación de políticas, procedimientos, procesos, prácticas u otras acciones para minimizar el riesgo LA/FT/FPADM en las operaciones, negocios y contratos de MUNDIAL DE TORNILLOS S.A.
FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO (FT): La financiación del terrorismo está definido en el artículo 345 del Código Penal Colombiano. De una forma simple, son todas aquellas acciones que se realizan para apoyar o financiar económicamente a terroristas o grupos terroristas (nacionales o internacionales) con bienes o fondos de origen lícito e ilícito.
FINANCIACIÓN DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA (FPADM): Es todo acto que provea fondos o utilice servicios financieros, en todo o en parte, para la fabricación, adquisición, posesión, desarrollo, exportación, trasiego de material, fraccionamiento, transporte, trasferencia, deposito o uso dual para propósitos ilegítimos en contravención de las leyes nacionales u obligaciones internacionales, cuando esto último sea aplicable.
FPADM: Abreviatura que se usa para hacer mención a la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
LA/FT: Abreviatura que se usa para hacer mención al Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
LAVADO DE ACTIVOS (LA): El lavado de activos es un conjunto de delitos que comete cualquier persona que incurra en las conductas que están tipificadas en los artículos 323, 325, 325A, 325B, 326 y 327 del Código Penal. En términos sencillos, es el proceso, maniobras y métodos que se realizan para ocultar o dar apariencia de legalidad a bienes o fondos cuyo origen es ilícito.
OFICIAL DE CUMPLIMIENTO: Es la persona natural designada por la empresa que está encargada de promover, desarrollar y velar por el cumplimiento de los procedimientos específicos de prevención, actualización y mitigación del Riesgo LA/FT/FPADM.
OPERACIÓN INUSUAL: Es aquella transacción que por su cuantía o características no guarda relación con la actividad económica del cliente, proveedor o empleado, o que, por su número, por las cantidades transadas o por sus características particulares, se salen de los parámetros de normalidad que haya establecido MUNDIAL DE TORNILLOS S.A.
OPERACIÓN SOSPECHOSA: Es aquella operación que por su número, cantidad o características no se enmarca dentro de los sistemas y prácticas normales de los negocios y, además, que, de acuerdo con los usos y costumbres en Colombia, no ha podido ser razonablemente justificada. Cuando se detecten este tipo de operaciones se deben reportar inmediatamente a la UIAF.
ROS: Es el Reporte de Operaciones Sospechosas que se realiza a la UIAF. Este reporte no constituye una denuncia ni da lugar a ningún tipo de responsabilidad para MUNDIAL DE TORNILLOS S.A. como entidad reportante, ni para las personas que hayan participado en su detección.
SAGRILAFT: Es la abreviatura del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM. Es un conjunto de medidas de control apropiadas y suficientes, orientadas a prevenir que MUNDIAL DE TORNILLOS S.A. sea utilizada como instrumento para el LA/FT/FPADM.
SEÑALES DE ALERTA: Son los hechos, situaciones, eventos, cuantías, indicadores cuantitativos y cualitativos, razones financieras y características de los clientes, proveedores y personal que MUNDIAL DE TORNILLOS S.A. determine como relevante, y que permite detectar operaciones inusuales o sospechosas.
UIAF: Abreviatura de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Ministerio de Hacienda. La UIAF en Colombia es la Unidad de Inteligencia Financiera, según los estándares internacionales.
4. POLÍTICAS
La sociedad Mundial de Tornillos S.A. adopta las siguientes políticas SAGRILAFT:
4.1. APLICACIÓN
MUNDIAL DE TORNILLOS S.A., cuenta con un Gobierno Corporativo comprometido con la prevención del riesgo LA/FT/FPADM, que desarrolla a través del Código de Ética, apoyado con herramientas de conocimiento del cliente y del mercado, conocimiento de sus proveedores y empleados, controles al manejo del efectivo y reportes a los organismos de control, entre otros.
MUNDIAL DE TORNILLOS S.A., cuenta con un Oficial de Cumplimiento principal y suplente, el cual ha sido nombrado por el máximo órgano social, para asegurar el cumplimiento de esta política y de las normas de prevención del riesgo LA/FT/FPADM. El nombramiento o modificaciones del cargo del Oficial de Cumplimiento se comunicarán a la Superintendencia de Sociedades de Colombia y a la UIAF (Unidad de Información y Análisis Financiero) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Esta política de autocontrol y gestión del riesgo integral de LA/FT/FPADM se desarrolla con el Manual SAGRILAFT para todas las operaciones, negocios y contratos de MUNDIAL DE TORNILLOS S.A.
4.2. DEBER DE RESERVA
Toda la información derivada de la aplicación de esta política está sometida a reserva, lo que significa que la misma sólo podrá ser conocida por las autoridades judiciales o administrativas competentes. Así, todos los empleados de MUNDIAL DE TORNILLOS S.A. tienen la obligación de custodiar y limitar el uso de la misma a los fines estrictamente establecidos en la Ley y en esta política, entre los que se encuentra el de atender los requerimientos de información de la UIAF, autoridades competentes o entidades de control.
4.3. CONSERVACIÓN DE LA INFORMACIÓN
Los documentos y registros relativos al cumplimiento de las normas sobre prevención y control del riesgo LA/FT/FPADM deberán ser conservados por un término no menor de diez (10) años. Respecto de los documentos que soportan la decisión de determinar una operación como sospechosa, el reporte remitido a la UIAF, así como los demás formularios requeridos, documentación y soportes, será responsabilidad del Oficial de Cumplimiento su conservación centralizada, secuencial y cronológica, con las debidas seguridades, por un término no menor de diez (10) años. Estos documentos e información serán conservados de acuerdo con la política de gestión documental y la tabla de retención documental que aplique MUNDIAL DE TORNILLOS S.A. para el manejo de estos documentos.
4.4. INCUMPLIMIENTO
MUNDIAL DE TORNILLOS S.A. considera una falta grave, la omisión o incumplimiento de cualquiera de los controles, manejo de información u otros lineamientos aquí definidos y en el MANUAL DE PROCEDIMIENTO SAGRILAFT para la prevención, detección y control de actividades LA/FT/FPADM.
4.5. RESPONSABILIDADES Y CONTROLES
Todos el equipo humano vinculado a la Compañía MUNDIAL DE TORNILLOS S.A., especialmente la alta dirección, los directivos, administradores, personal de manejo y confianza, jefes, coordinadores, contratistas, aprendices y demás personal, velarán por el cumplimiento de esta política, así como del cumplimiento de todos los procesos, procedimientos y actividades establecidas por MUNDIAL DE TORNILLOS S.A. para prevenir, controlar y detectar el LA/FT/FPADM, principalmente serán responsables de la implementación y cumplimiento los cargos indicados en el acápite del organigrama.
4.6. ORGANIGRAMA RESPONSABLES DEL SAGRILAFT (documento interno de la compañía – solo consulta interna autorizada).
5. DIVULGACIÓN.
RESPONSABLE (S) |
Oficiales de Cumplimiento |
Director de Gestión Humana y de Calidad |
Directores Regionales |
Directores de Proceso |
Coordinadores |
Jefes y Administradores |
Asistente de calidad |
6. ANEXOS. Sin anexos.